Imagen portada
VE
Escoge tu edición de meridiano.net favorita
VE (Venezuela)
US (USA)
Venezolano

La maquinaria de las asociaciones estatales

Por Meridiano

Lunes, 02 de mayo de 2016 a las 05:57 am

Alfredo Coronis A.

[email protected]

Es mucho más que una leyenda el lugar común utilizado dentro del fútbol venezolano sobre el poder de las asociaciones de fútbol regionales para soportar a la FVF. De un universo de 69 votos, 48 son controlados por estas entidades: 24 por cada presidente de asociación y la otra mitad, atletas de cada entidad que van de la mano con el presidente de cada región.

Con esta gran mayoría, aquel que tenga influencia sobre estas asociaciones estatales habrá  garantizado el triunfo las elecciones de la junta directiva de la FVF, así como otros cargos electos por votación de un universo reducido.

Socavar la base

Los candidatos a la presidencia de la FVF, deben, o bien conquistar estas asociaciones (cuyas elecciones serían en enero) o buscar la modificación de la normativa electoral para ampliar el universo de electores.

El reglamento vigente es del año 2012 (para las elecciones de 2013) y habla de 69 votos, sumando 18 de primera división. Actualmente deberían ser 71 (20 clubes en primera), pero si hay un descenso de participantes en 2017 a 18 clubes la cifra queda igual.

Las voces opositoras hablan de que no hay representación del fútbol femenino, del fútbol sala, fútbol playa y otros elementos cobijados bajo el manto FVF, como la Segunda división.

¿Y cómo se eligen los presidentes de las asociaciones? Los clubes registrados en las mismas escogen a su representante estatal.

“Pero ese sistema está mal. En un estado hacen vida, por ejemplo, 90 clubes y solo permiten votar a 20, todos controlados por los directivos de siempre. Hubo un caso, en el Oriente del país en el que iba a ganar un candidato disidente y se dio una inscripción “exprés” de 14 clubes y así se pudo mantener el candidato de (Rafael) Esquivel en ese entonces”, denunció Richard Páez.

Lógicamente, el reglamento para 2017 (en marzo son las elecciones presidenciales) debe contener algunos detalles, como aclarar cuántos clubes de primera votan e incluso, modificar artículos si se pretende democratizar más esta elección. Aún no hay fecha prevista para empezar a integrar la comisión electoral que dirigirá los procesos eleccionarios por venir. A pesar de todo, Páez y otros tantos, han empezado ya su campaña.

Sistema electoral FVF

Reglamento Electoral (Año 2012)

Artículos destacados:

ARTÍCULO 9:

La Federación Venezolana de Fútbol tiene como órganos, que están sujetos a un proceso eleccionario, en los términos que establece este Reglamento y de acuerdo a lo establecido en los Estatutos y la Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física y su Reglamento Parcial No 1, los siguientes:

- La Asamblea General

- La Junta Directiva

- La Autoridad Provisional

- El Consejo de Honor

- El Consejo Contralor

- La Comisión Electoral Nacional.

- Las Comisiones Nacionales de Atletas, Árbitros, Entrenadores, Futbolistas profesionales y Colectivos que se constituyan.

ARTÍCULO 13:

Los afiliados a la Federación Venezolana de Fútbol, de conformidad con lo establecido en el Estatuto en su artículo 78 y este Reglamento, con observancia al principio de imparcialidad, designarán la Comisión Electoral Nacional en Asamblea General de sus miembros convocada para tal fin para dirigir, organizar y supervisar los procesos electorales para la elección de sus autoridades.

ARTÍCULO 48:

La proporción y número de postulaciones necesarias, para cada proceso electoral serán las siguientes:

-Para la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la Federación Venezolana de Fútbol, un mínimo de la tercera parte (1/3) de los Delegados (as) ante la Asamblea General, los cuales deben ser parte del Registro Electoral específico y definitivo de la misma.

-Para la elección de los Delegados (as), ante la Asamblea General de la F.V.F., de los Atletas, Árbitros y Entrenadores, un mínimo del diez (10%) por ciento de los miembros integrantes de la Asamblea de la respectiva Comisión Nacional.

¿Quiénes votan?

ARTÍCULO 10:

La Asamblea General  para el período 2013-2017, quedará compuesta de acuerdo a lo establecido en el artículo 35 parágrafo único del Estatuto vigente, con un máximo de (69) sesenta y nueve Delegados distribuidos en la siguiente proporción:

- Veinticuatro (24) Delegados de las Asociaciones

- Dieciocho (18) Delegados de los Clubes de Primera

- Veinticuatro (24) Delegados  de los Atletas integrantes de las Selecciones

Estadales:

- Un (1) Delegado de los futbolistas profesionales.

- Un (1) Delegado de los  árbitros

- Un  Delegado (a) de los Entrenadores (as)

(Reglamento electoral año 2012).

Últimas noticias


BEISBOL


FARÁNDULA